BASES QUE HAN DE REGIR EN EL
“CONCURSO DE COMPARSAS” EN
EL CARNAVAL DE SANTA CRUZ DE
TENERIFE 2013.
DEFINICIÓN Y DELIMITACIÓN
PRIMERA.- A efectos de este Concurso, se
entenderá por COMPARSA a una agrupación de
personas, legalmente constituida e inscrita en los
registros públicos oficiales, para la interpretación y
exhibición de cantos y bailes con
acompañamientos de instrumentos diversos, a
excepción de los enumerados en la base 5ª de
estas bases reguladoras, compuesta por un
número no inferior a CUARENTA (40) personas.
COMPONENTES
SEGUNDA.- Entre la relación de componentes no
podrá figurar ninguno que pertenezca a otra
comparsa.
Entre sus componentes se podrá incluir un
máximo de 20 menores de 18 años, debiendo
acreditarse este extremo mediante la presentación
del correspondiente D.N.I o documento oficial
acreditativo de la identidad y la correspondiente
autorización de los tutores legales del menor.
INSCRIPCIÓN
TERCERA.- Las comparsas que deseen participar
en el Concurso de Comparsas deberán solicitar su
inclusión en los mismos mediante la presentación
de la correspondiente solicitud que se les facilitará
en el plazo establecido al efecto por el Organismo
Autónomo de Fiestas.
La apertura y cierre del plazo de inscripción se
anunciará en la prensa local, página web y Tablón
de Edictos del Organismo Autónomo.
Dicha solicitud deberá ir acompañada de la
siguiente documentación:
1- Relación nominal de todos los componentes
que participarán en el concurso, junto con la
fotocopia del DNI o documento oficial acreditativo
de todos y cada uno de los componentes,
pudiendo ser incrementado o modificado, previa
notificación al OAFAR hasta 15 días antes del
concurso
2- En caso de menores, adjuntar además de
fotocopia del DNI o documento oficial acreditativo,
la autorización de los tutores legales para la
actuación y reproducción de la imagen del menor,
según modelo de la solicitud, acompañado de
fotocopia del libro de Familia.
3- Organigrama Directivo de la Comparsa o
certificado expedido por el Secretario/a de la
misma, en el que conste los cargos Directivos.
No será admitida a concurso la comparsa que
concurse con número de componentes inferior al
señalado ni las que tengan entre sus componentes
más menores de edad de los permitidos en las
presentes bases.
El máximo de comparsas admitidas se establece
un máximo de NUEVE (9).
Para la admisión de participantes se estará a los
siguientes criterios de selección:
1.- Tendrán prioridad absoluta las comparsas
consolidadas del municipio de santa Cruz o
fuera de él constituidas e inscritas debidamente
en los organismos públicos oficiales, entendiendo
por tales que hayan participado en el concurso de
Comparsas de Santa Cruz como mínimo durante
10 ediciones y a su vez no hayan interrumpido su
participación durante dos ediciones consecutivas
en el concurso de Santa Cruz.
2.- Para las que no reúnan los requisitos
anteriores, tendrán prioridad las comparsas
pertenecientes a Santa Cruz de Tenerife,
entendiéndose como tales, las debidamente
constituidas e inscritas en los organismos públicos
oficiales, y que el 75% de sus componentes
tengan residencia legal en el municipio de Santa
Cruz.
De solicitar la incorporación más de una comparsa
del municipio que reuniera los anteriores
requisitos y no hubiesen suficientes plazas
vacantes, tendrán prioridad aquellas que acrediten
mayor número de años participando en el carnaval
de Santa Cruz de Tenerife y en caso de empate o
igualdad de condiciones, se procederá a un sorteo
en el día y lugar que designe la organización.
3- Por último, para la admisión de comparsas
pertenecientes a otros municipios, serán
Comparsas con un mínimo de dos años de
antigüedad en el Carnaval en su lugar de
procedencia y que no participen en ningún otro
concurso de Comparsas de la Isla.
En el supuesto que solicitasen la incorporación
más de una comparsa de fuera del municipio que
reúna el anterior requisito y no hubiesen
suficientes plazas vacantes, tendrán prioridad
aquellas que acrediten mayor número de años
participando en el concurso de Santa Cruz y en
caso de empate o igualdad de condiciones, se
procederá a un sorteo en el día y lugar que
designe la organización.
No percibirán ningún tipo de ayuda o contratación
económica por parte del Organismo Autónomo de
Fiestas de Santa Cruz de Tenerife aquellas
Comparsas de fuera del Municipio, inscritas y
admitidas, a excepción de las que tienen carácter
de consolidadas.
El Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades
Recreativas, resolverá sobre la admisión o
inadmisión al concurso de las comparsas mediante
resolución de la Presidencia, en función de que las
mismas reúnan o no los requisitos y criterios de
prioridad establecidos en las presentes bases, que
serán publicadas en el Tablón de Edictos del
OAFAR.
La no admisión de participación en el
Concurso de Santa Cruz no significará la
imposibilidad de participar en otros actos del
Carnaval capitalino en los que la Comparsa desee
estar presente, no percibiendo por ello caché
alguno y quedando a criterio del Organismo cubrir
el coste de los gastos de dicha participación. Para
ello deberá presentar solicitud de participación en
el registro del Organismo Autónomo de Fiestas.
Los grupos pertenecientes a otros Municipios de la
Isla que actúen en el concurso de Santa Cruz se
verán obligados a participar en el resto de actos
del Carnaval que sean designados por la
Organización atendiendo siempre a criterios
artísticos. El incumplimiento de esta base
conllevará la negativa a la participación de dicha
Comparsa en el concurso de Santa Cruz en
ediciones posteriores.
La baja del concurso deberá ser comunicada por
escrito en el registro de entrada de este
Organismo Autónomo de Fiestas.
SELECCIÓN
CUARTA.- El orden de actuación de las
comparsas se establecerá mediante sorteo previo
a la celebración del Concurso, en el día y lugar
que designe el Organismo, y ante la presencia de
un representante-delegado de cada una de las
comparsas inscritas.
El modo de efectuar el sorteo será el siguiente. En
un primer sorteo se designarán dos grupos:
a) las seis mejores puntuadas en la edición
anterior.
b) las restantes.
Luego se asignará por sorteo a cada grupo una
de las dos relaciones de números formadas una,
por los números pares y otra, por los impares.
Finalmente, se sorteará el orden de cada grupo,
luego se fusionarán los dos grupos quedando
determinado el orden global del concurso.
La no presentación de la comparsa en el turno
establecido del sorteo supondrá la descalificación
de la misma en el concurso, si bien podrá
permitírseles la actuación fuera del concurso, una
vez finalizado el mismo.
CONCURSO
QUINTA- El Concurso se celebrará en dos partes:
En la primera parte se fallarán:
– los premios al Mejor Disfraz
– los premios a la Interpretación en escenario.
Todas las comparsas inscrita deberán
obligatoriamente participar en ambos premios.
En la segunda parte, a desarrollar en el lugar a
determinar por la organización, se fallará el
premio de Ritmo y Armonía.
En la primera fase del Concurso, las comparsas
deberán interpretar un espectáculo musical y
coreográfico de libre elección. El tiempo máximo
de presencia en escenario será en total de
TREINTA MINUTOS (30), contados desde el
momento que el técnico de sonido se lo indique al
secretario/a del concurso.
La comparsa que rebase el tiempo máximo de
interpretación establecido será descalificada
automáticamente en dicha modalidad,
manteniéndose con opciones para el resto de
apartados.
Los instrumentos colocados en el escenario
deberán estar funcionando a la perfección, si no
fuera así, se comunicará a la organización y el
reloj se pararía en ese momento.
La interpretación deberá ser de canto a viva voz
sin previa grabación y el acompañamiento musical
deberá ser, asimismo, en directo. En caso
contrario, no se podrá participar en ninguna de
las modalidades del concurso (Presentación,
Interpretación y Ritmo y Armonía), perdiendo
además la opción de inscripción en la siguiente
edición del concurso.
La comparsa que desee efectos especiales de
iluminación durante la actuación deberá
comunicarlo mediante escrito al Organismo
Autónomo, cuando menos con siete días de
antelación.
Asimismo, a efectos de organización y en su caso
autorización, las comparsas deberán comunicar al
OAFAR con una antelación previa de 15 días al
concurso, su intención de instalar en el escenario
del concurso cualquier estructura, truss o montaje
para su actuación, a excepción de las
estrictamente publicitarias, a efectos de que por
técnico competente se verifique la posibilidad e
idoneidad del mismo. Cualquier montaje no
comunicado previamente no será autorizado en
ninguno de los casos.
En cuanto al attrezzo, truss o montaje, la
comparsa actuante será responsable de los
mismos, tanto en el montaje, la utilización y la
retirada del escenario al finalizar su actuación.
Las comparsas participantes deberán encontrarse
en el lugar señalado para la celebración de las
actuaciones o en los lugares que designe el Organismo, una hora antes cuando menos a la de
su comienzo. El Organismo enviará un máximo de
2 transportes para el traslado de sus componentes
y un máximo de 2 furgones para el attrezzo, a
aquellas comparsas que lo soliciten para su
traslado debiendo estar en el lugar solicitado
cuando menos una hora y media antes de su
participación en el Concurso.
No se permitirán conductas o actitudes que a
juicio del Organismo Autónomo se consideren que
provocan al público y/o que puedan ser origen o
causa de incidentes durante el Concurso, siendo
sancionada la comparsa que incumpla esta norma
con la imposibilidad de participar en el Concurso
de Comparsas de Santa Cruz durante las dos
próximas ediciones.
No están permitidos instrumentos de viento de
metal específicamente: trompetas, trombones,
saxos, clarines, flautas metálicas, tuba y derivados
de esta familia.
No se permitirá la utilización de efectos especiales
durante el desarrollo del concurso, tales como
confeti, serpentina, fuegos artificiales y demás
elementos que puedan afectar al escenario. La
comparsa actuante deberá recoger del escenario
las partes de los trajes que se hayan desprendido
al finalizar su actuación. Será descalificada la
comparsa que incumpla la presente norma de
limpieza del escenario.
En aras de evitar causar daños a los equipos de
sonido e iluminación, no estará permitido el uso
de polvos talco o similar durante el concurso.
Las comparsas podrán presentarse al
Concurso con la formación de personas que
estimen oportunas (respetando el número mínimo
de CUARENTA), todas con el disfraz
correspondiente a la alegoría presentada. La
formación que se presente para el día del
Concurso deberá repetirse o como mínimo
mantenerse en un 75% de los componentes
presentados al concurso en las actuaciones
obligatorias que la comparsa deba realizar en las
calles y escenarios de Santa Cruz, con la
obligatoriedad de vestir todos sus componentes el
“traje oficial” de la Comparsa para este Carnaval.
La Organización tomará las medidas oportunas
para que se controle y vigile este hecho. Los
trajes que presente la comparsa no deberán tener
ruedas ni en el escenario, ni en la calle, en
cualquiera de los concursos: Interpretación y
Ritmo y Armonía.
En el apartado de Presentación cada comparsa
deberá presentar el diseño de todos y cada uno
de los trajes con los que va a participar en el
Concurso. El tamaño de los trajes no podrá
sobrepasar los 3 (TRES) metros de alto, 3 (TRES)
metros de ancho y 3 (TRES) metros de fondo.
Asimismo, se deberá presentar el nombre de la
fantasía.
Será obligatorio participar con el mismo traje
tanto en Ritmo y Armonía como en el Concurso,
permitiéndose un cambio de vestuario.
El traje que presente la comparsa como oficial
deberá ser vestido, como mínimo, por al menos
seis de sus componentes, de no ser así, esta no
optará al premio de presentación.
Las comparsas están obligadas a presentar ante el
Jurado, a la finalización de su actuación, a una
pareja con los trajes utilizados durante el
concurso, incluidos los cambios de vestuario.
JURADO
SEXTA.- El Jurado calificador será designado por
el Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades
Recreativas y se hará público en el Tablón de
Edictos de este Organismo SIETE (7) días antes
del concurso. El jurado estará compuesto, siempre
que fuese posible, por las siguientes personas:
– Tres (3) personas elegidas entre profesionales
de las artes para fallar el apartado de
presentación.
– Ocho (8) personas de los cuales 2 serán
músicos, 2 expertos en coros, 2 en danza y 2 en
coreografía que fallarán el premio de
interpretación, ritmo y armonía.
Actuará como secretario un empleado público con
voz pero sin voto.
Las comparsas podrán designar un representante,
como observador, con voz pero sin voto,
notificándolo al Organismo Autónomo con 7 días
de antelación al concurso. Su labor será en
todo momento de asesoramiento y/o
aclaración sobre el contenido de las bases,
así como de denuncia del incumplimiento de las
mismas si lo hubiere, debiendo dirigirse
únicamente al secretario/a del Jurado y
absteniéndose en todo momento de emisión
de juicios de valor y/o valoraciones de las
actuaciones así como el cambio de
impresiones con el resto de miembros del
jurado.
EL FALLO DE JURADO SERÁ INAPELABLE.
PUNTUACIÓN
SÉPTIMA.- En cuanto a la puntuación, en el
apartado de interpretación y ritmo y armonía, se
eliminará la puntuación más alta y más baja de
cada grupo, a fin de que no haya puntuaciones
discordantes.
La votación se efectuará de 1 a 10 puntos para
cada miembro de jurado, pudiéndose utilizar hasta
dos decimales (ejemplo: 0´25, 0´50, 0´75, etc).
La Puntuación será la media aritmética de las
calificaciones otorgadas por los miembros del
Jurado.
El Jurado para emitir su fallo ha de tener en
cuenta los elementos valorativos que se indican a
continuación para cada una de las modalidades
del Concurso de comparsas.
PRESENTACIÓN AL MEJOR DISFRAZ
En este apartado se puntuará la fantasía con la
que participan las distintas comparsas y su
valoración por el Jurado se ajustará a los
siguientes extremos:
– Su alegoría.
– Su vistosidad.
– La confección del mismo.
– La imaginación.
– El color y su combinación.
– Los materiales utilizados y su combinación.
– La riqueza de vestuario.
– Los detalles referentes a apliques, pendientes,
collares, zapatos, guantes, corbatas y maquillaje
facial.
– Las piezas o cambios de piezas o de vestuario
que se utilizan según transcurra el espectáculo.
– Los disfraces deben guardar armonía y
similitud en todos sus componentes.
Las comparsas presentarán una pareja
acercándose al jurado a la finalización de su
actuación, siguiendo las instrucciones de la
organización
INTERPRETACIÓN EN ESCENARIO
En este apartado se puntuará dos
campos distintos pero complementarios: el Cuerpo
de Canto (Parranda) y el Cuerpo de Baile.
Para el Grupo de Canto:
– Las voces de los solistas no se podrán valorar
por encima de la conjunción de voces masculinas
y femeninas.
– Las voces masculinas y femeninas en
conjunto.
– La instrumentación en conjunto.
– Los temas musicales elegidos (originalidad,
calidad).
– Los arreglos efectuados a los temas.
Para el Grupo de Baile:
– La coreografía.
– La originalidad.
– La conjunción con el cuadro general.
– Los dibujos coreográficos.
– Su sincronización.
– Su estética.
– Su armonía.
RITMO Y ARMONÍA.
Se desarrolla en un tramo no superior a
quinientos metros, que señalará el Organismo
Autónomo. El número de componentes del
concurso de Ritmo y Armonía serán como
mínimo 40 y cómo máximo el mismo número
que hubieran presentado en el concurso en
escenario. Todos los componentes deberán ir
completamente ataviados con el mismo traje que
hayan elegido para la presente edición del
Carnaval.
En este apartado sólo el jurado de interpretación
puntuará:
– La percusión (batucada).
– El ritmo, coordinación y combinación.
– La coreografía del baile.
– La combinación del instrumento.
– La coordinación del baile con la batucada.
– El ritmo, colorido y coreografía en
combinación.
Las actas del Jurado, con las puntuaciones totales
obtenidas, se harán públicas mediante su
exposición en el Tablón del Edictos del OAFAR al
día siguiente hábil de la celebración de los
concursos y, a solicitud del representante, la
organización podrá facilitar las puntuaciones
individuales obtenidas sin mencionar la
identificación de los miembros de jurado que las
han otorgado, en cumplimiento de la Ley Orgánica
de Protección de Datos.
PREMIOS
OCTAVA.- Se otorgarán las siguientes
distinciones según la puntuación del Jurado:
1.- PRESENTACIÓN AL MEJOR DISFRAZ.
PRIMERO.- Dotado con PLACA O DIPLOMA.
SEGUNDO.-Dotado con PLACA O DIPLOMA.
TERCERO.- Dotado con PLACA O DIPLOMA.
2.- INTERPRETACIÓN EN ESCENARIO
PRIMERO.- Dotado con TROFEO O PLACA
SEGUNDO.-Dotado con TROFEO O PLACA.
TERCERO.- Dotado con TROFEO O PLACA.
Se entregarán placas o diplomas de participación
a todas las Comparsas participantes que
resultaran no premiadas en estos dos apartados
3.- RITMO Y ARMONIA MANUEL MONZÓN
PRIMERO.- Dotado con PLACA O DIPLOMA.
SEGUNDO.-Dotado con PLACA O DIPLOMA.
TERCERO.- Dotado con PLACA O DIPLOMA.
PREMIO AL MEJOR ESTANDARTE O BANDERA.-
Dotado con PLACA O DIPLOMA
ENTREGA DE PREMIOS
NOVENA.- El Organismo Autónomo de Fiestas y
Actividades Recreativas entregará los premios, de
los apartados de Interpretación, Presentación y
Ritmo y Armonía en las fechas designadas para
cada modalidad, después de la lectura del acta,
estando en el escenario un máximo de dos
componentes de cada una de las comparsas con
su correspondiente disfraz oficial para escuchar la
lectura del fallo.
PUBLICIDAD
DÉCIMA.- Cada comparsa podrá disponer de
patrocinadores publicitarios si así lo creyera
conveniente con estricta observancia de las
siguientes condiciones:
1- Se podrá utilizar en camisetas,
chándales, suéter y bolsos para traslado.
2- Se podrá utilizar en el instrumento
siempre y cuando no rompa la estética
de la comparsa. Para ello la publicidad
nunca podrá superar en cantidad ni
volumen la de los propios instrumentos
para no eclipsar el reconocimiento de los
mismos, todo ello previa comprobación
por la organización.
Asimismo, se autoriza la inclusión de publicidad en
soportes publicitarios en el escenario, en el
momento de sus actuaciones, no siendo
permitidos los que hagan referencia a
alcohol y tabaco en los concursos sobre
escenario.
Serán de dos tipos:
a) Bandeloras situadas a ambos lados de la
agrupación, de unas medidas de 2 metros de alto
por 1 de ancho.
b) Máximo de 2 lonas desplegadas en soportecuña
a los pies de la primera fila de actuantes,
tamaño 2 x 0,60
La inclusión de publicidad vendrá condicionada al
cumplimiento de los siguientes extremos:
1- Deberá ser autorizada en todos y cada uno de
los casos por el Organismo Autónomo de Fiestas a
fin de evitar incidencias derivadas de posibles
exclusivas contratadas por el propio OAFAR.
2- La Publicidad mostrada por la Comparsa deberá
guardar concordancia con lo que establezca en
todo momento la normativa vigente en materia de
publicidad en actos públicos.
3- Se respetarán lo que a efectos de Publicidad
establecen las normas del propio concurso en
tanto en cuanto no se autoriza el uso de
argumentos publicitarios con el disfraz ni en el
nombre o apellido de la Comparsa, dado que
la denominación del grupo en el concurso
será la que se utilice en todos los actos
oficiales del carnaval.
Asimismo, se prohíbe la utilización de
complementos como gorras, etc..con publicidad
durante el Concurso.
4- Finalmente, no se podrá utilizar ni ocultar
por los grupos ni ocultar aquellos soportes
publicitarios destinados a la explotación
comercial de la Fiesta por parte de este
Organismo Autónomo.
En cualquier caso, los mensajes publicitarios
impresos en los elementos reseñados deberán en
todo caso someterse al contenido de la Ley
34/1998, de 11 de noviembre, General de
Publicidad.
NORMAS E INDICACIONES DEL OAFAR
DÉCIMOPRIMERA.- El incumplimiento de las
presentes bases e indicaciones de la organización
durante el desarrollo del concurso, así como
aquellas conductas, comportamientos o actitudes
que a juicio del Organismo Autónomo se
consideren que pueden perjudicar al buen
desarrollo del mismo y/o provocan al público,
pudiendo ser origen o causa de incidentes durante
el concurso, será objeto de penalización y sanción
con la tramitación del oportuno expediente
administrativo, pudiendo suponer además la no
admisión de la comparsa en el Concurso de
Comparsas durante las dos ediciones siguientes.
En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de Octubre de
2012.
EL PRESIDENTE
Fernando Ballesteros Ballester